Historia de Fañanás 3: De la 1ª Constitución a la dictadura de Primo de Rivera
1810: Constitución de las Cortes de Cádiz
España se encuentra invadida desde 1808 por el poderoso ejército francés, el cual debe enfrentarse a la resistencia armada popular que le presenta una gran parte del pueblo español, en la llamada Guerra de la Independencia Española.
El emperador francés Napoleón Bonaparte había tomado prisioneros en Bayona al rey español Carlos IV y a su hijo Fernando VII, obligándoles a abdicar del trono y proclamando a su propio hermano como rey de España bajo el título de José I.
Pero la mayoría del pueblo español está en contra del impuesto monarca, lo que junto a las ideas de libertad que llegan de Francia acaba por hacer estallar la lucha contra el invasor. Juntas ciudadanas locales y provinciales dirigen la resistencia y envían representantes a la Junta Central Suprema, la cual coordina las acciones bélicas y dirige el país durante la guerra. La junta central se reúne inicialmente en Madrid, pero el ejército francés la hace retroceder primero a Sevilla y más tarde a Cádiz.
A pesar de la compleja situación, el 24 de Septiembre de 1810 se constituyen las Cortes de Cádiz, aprobándose el mismo día el decreto en el que aparecen los dos principios básicos de lo que será el futuro texto constitucional, la "soberanía nacional" y la "división de poderes".
1811: Desaparición de los señoríos jurisdiccionales
La abolición de los mayorazgos y de los señoríos jurisdiccionales establecida por las Cortes de Cádiz, aunque no supone la desaparición inmediata de la administración señorial sí que invalida sus funciones jurisdiccionales y reduce sus funciones económicas de un modo progresivo aunque lento, lentitud debida a la inherente complejidad que presenta la venta de las propiedades señoriales.
". . . Incorporación de los señoríos jurisdiccionales a la Nación: Deseando las Cortes generales y extraordinarias remover los obstáculos que hayan podido oponerse al buen régimen, aumento de población y prosperidad de la Monarquía española, decretan:
I. Desde ahora quedan incorporados a la Nación todos los señoríos jurisdiccionales de cualquier clase y condición que sean.
II. Se procederá al nombramiento de todas las Justicias y demás funcionarios públicos por el mismo orden y según se verifica en los pueblos de realengo.
III. Quedan abolidos los dictados de vasallo y vasallaje, y las prestaciones así reales como personales, que deban su origen a título jurisdiccional a excepción de los que proceden de contrato libre en uso del sagrado derecho de la propiedad . . ."
". . . V. Los señoríos territoriales y solariegos quedan desde ahora en la clase de los demás derechos de propiedad particular, si no son de aquellos que, por su naturaleza, deban incorporarse a la Nación o de los que no se hayan cumplido las condiciones con que se concedieron . . ."
". . . VII. Quedan abolidos los privilegios llamados exclusivos, privativos y prohibitivos que tengan el mismo origen de señorío, como son los de caza, pesca, hornos, molinos, aprovechamientos de aguas, montes y demás, quedando al libre uso de los pueblos . . ."
". . . XIV. En adelante nadie podrá llamarse Señor de vasallos, ejercer jurisdicción, nombrar jueces, ni usar de los privilegios y derechos comprendidos en este decreto . . ."
". . . Dado en Cádiz a 6 de Agosto de 1811 . . .".
1812: La 1ª Constitución Española
A pesar de que casi todo el país está enfrentado al invasor francés y de que la realeza española continúa prisionera en Francia, 1812 es un verdadero año de libertad para el pueblo español, pues los diputados de las Cortes de Cádiz llevan a cabo la redacción de la primera Constitución Española, cuya influencia transcenderá a otras constituciones europeas.
Las Cortes de Cádiz deben escribirse con letras de oro en la historia de España por muchas razones, pero especialmente por ser la primera ocasión en la que se produce una convocatoria a Cortes sin mediar una decisión del rey.
La convocatoria se articula buscando el mayor consenso posible entre las entidades públicas y las diversas personalidades del momento. Aunque Fernando VII será un incansable perseguidor de los liberales, la constitución del 19 de Marzo de 1812 es promulgada en su nombre y . . . en su ausencia y cautividad por los franceses . . .", como consta en la edición original del texto.
Esta primera constitución es también conocida por el sobrenombre de "la Pepa" por haber sido promulgada el día de San José y se publica en España en tres ocasiones (1812, 1820 y 1836), convirtiéndose en el hito democrático de la primera mitad del siglo XIX. El texto transciende a posteriores constituciones europeas, e impacta en los orígenes constitucionales y parlamentarios de la mayor parte de los estados norteamericanos, tanto durante su independencia como tras ella.

Pintura "La promulgación de la Constitución de 1812", realizada en 1912 por el pintor gaditano Salvador Viniegra
Se crean los primeros ayuntamientos constitucionales, independientes de los señoríos jurisdiccionales y con potestad para nombrar a sus alcaldes. Se pasa de una estructura casi federal del gobierno local a un sistema uniforme de municipios y provincias, cada una de las cuales es colocada bajo la autoridad de un jefe político, pretendiendo de este modo que el municipio pertenezca a una comunidad nacional.
El texto enlaza con las Leyes Tradicionales de la Monarquía Española, pero al mismo tiempo incorpora principios del liberalismo democrático, como la soberanía nacional y la separación de poderes, marcando el fin de la sociedad estamental.
Se implanta una enseñanza primaria pública y obligatoria, la abolición de la Inquisición y el inicio de la desamortización y de la reforma agraria. El poder del rey está controlado por las Cortes, que pueden intervenir en la sucesión al trono. Se articula el sufragio universal indirecto y masculino, la prohibición del tormento, la inviolabilidad personal y domiciliaria, el ser informado de las causas judiciales y la libertad de expresión (excepto en los escritos religiosos), aunque no se permite la libertad religiosa: ". . . La religión de la nación española es y será perpetuamente la Católica Apostólica Romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra . . .".
1814: Primera restauración borbónica - El rey Fernando VII deroga la Constitución de 1812
Acabada la Guerra de la Independencia y con el derrotado ejército francés replegado en la frontera pirenaica, las Cortes de Cádiz firman la paz con Francia el 11 de Diciembre de 1813 en el llamado Tratado de Valençay, por el que se reconoce como rey de España a Fernando VII de Borbón.
El rey entra en España camino de Valencia el 22 de Marzo de 1814, acompañado por un grupo de diputados que le son afectos, los cuales le entregan el llamado "Manifiesto de los Persas", una declaración a favor de la restauración absolutista. El 4 de Mayo, Fernando VII restablece el antiguo régimen absolutista, decretando ilegales las Cortes de Cádiz y toda su obra legislativa, especialmente la constitución de 1812.
Se restablece el Consejo de Castilla, se destituye a los alcaldes, se restablecen las capitanías generales, regresa la Compañía de Jesús, se reaviva la Inquisición, y se persigue a los llamados "afrancesados". Los militares liberales son arrestados en África y los disturbios en Madrid son acallados rápidamente por el ejército.
1820: Restauración de la Constitución de 1812 - El Trienio Liberal
El 1 de Enero, en la localidad sevillana de Las Cabezas de San Juan, tiene lugar el pronunciamiento militar del teniente coronel Rafael del Riego, que proclama la restauración de la constitución de 1812 y el restablecimiento de las autoridades constitucionales.
El 10 de Marzo, Fernando VII publica un manifiesto, jurado en Madrid dos días antes, por el que acata la Constitución de Cádiz y establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno. Este período es conocido también como el Trienio Constitucional o el Trienio Liberal.
Regresan del destierro buena parte de los casi 4.000 denominados "afrancesados" y se excarcela a los liberales civiles y militares detenidos. Se realiza el primer código penal moderno, se diseña el primer esbozo de división provincial de España, y se establece el servicio militar obligatorio. En el orden económico, se abolen las aduanas interiores para facilitar el comercio, se eliminan los privilegios de los gremios, favoreciendo la libertad de industria, se desamortizan bienes de la iglesia católica, y se reforma la hacienda pública siguiendo algunos de los criterios que ya habían sido apuntados por los ilustrados. En el orden social, se vuelve a limitar el papel de la Inquisición, que había sido reactivada por Fernando VII, y se pone en marcha la educación pública gratuita en tres niveles, incluido el universitario.

Constitución de 1812, Estatuto Real de 1834 y Constitución de 1837
1823: Reinstauración del Absolutismo Monárquico - Los "cien mil hijos de San Luis" y la Década Ominosa
La Santa Alianza (Austria, Francia y Rusia), inquieta por el avance del liberalismo en España y azuzada por los emisarios secretos enviados por Fernando VII para que le libren de tener que gobernar sometido a una constitución, decide en el Congreso de Verona (22 de Octubre de 1822) acudir en ayuda del rey. Fruto de esa ayuda es el envío en Abril de 1823 de los "cien mil hijos de San Luis", unos 132.000 hombres del ejército francés encabezados por Luis Antonio de Borbón, duque de Angulema.
Tras atravesar los Pirineos, el ejército francés recorre de nuevo España, en esta ocasión para acabar con la aventura liberal que tanto molesta al rey, lo cual determinará el futuro de toda la historia de España y sembrará las bases para la etapa más negra del reinado de Fernando VII, la llamada Década Ominosa, en la que el monarca restaura el absolutismo más lacerante y represivo, asfixiando todo deseo liberal de la España del siglo XIX.
Casi todos los intelectuales tienen que exiliarse a otros países (los llamados emigrados), especialmente a Inglaterra, agrupándose sobre todo en el barrio londinense de Somerstown, donde subsisten precariamente con el menguado subsidio inglés que cobran algunos por haber luchado contra Napoleón en la Guerra de la Independencia. Los que permanecen en España sufren un proceso de depuración y son ajusticiados o marginados. Rafael del Riego y Núñez, general español y político liberal, que da nombre al himno liberal y republicano conocido como Himno de Riego, muere ahorcado el 7 de Noviembre de 1823 en la Plaza de La Cebada de Madrid.
Fernando VII establece una estricta censura, confecciona un arcaico y reaccionario plan de estudios universitarios, y sofoca diversos levantamientos e intentos de insurrección liberal. El ejército francés permanece varios años en España, pagado con los impuestos sangrados a un país que está en bancarrota.
El afrancesado rey español, muy ridiculizado en toda Europa, tiene miedo del ejército popular que nació durante la Guerra de la Independencia y lo sustituye por escuadrones locales de los llamados Voluntarios Realistas, un cuerpo tradicionalista partidario de la alianza entre la Iglesia y el Rey.
La principal consecuencia de este negro período de nuestra historia es que España pierde definitivamente el tren de la Revolución Industrial, la cual apenas se desarrolla y lo hace muy lenta e irregularmente en comparación con el resto de países europeos, a lo que se suma el ajusticiamiento de grandes pensadores, científicos e intelectuales de la época y muchos liberales inocentes.

Pintura "Episode de la guerre d’Espagne en 1823", realizada en 1828 por el pintor francés Hippolyte Lecomte - Un regimiento de infantería de línea, perteneciente al contingente francés de los "cien mil hijos de San Luis", ataca la loma de Santa Margarita (La Coruña)
1834: El Estatuto Real de 1834
A la muerte de Fernando VII el 29 de Septiembre de 1833, su esposa María Cristina de Borbón-Dos Sicilias asume de inmediato la regencia, prometiendo a los liberales una política distinta. La sociedad española está expectante ante un posible cambio que incorpore los modelos de corte liberal desarrollados en otras naciones europeas. El nuevo Consejo de Gobierno, encargado de realizar la transición liberal, abre paso al Estatuto Real, que establece la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes pero no garantiza las libertades ni la división de poderes.
Se instaura un régimen oligárquico, cuyo cuerpo electoral no llega al 1%, manteniendo los privilegios del monarca y de una minoría. No es estrictamente una constitución, sino una Carta Otorgada, en la que no aparece el poder constituyente, y el otorgamiento se limita a que el monarca, en virtud de su potestad soberana, se desprende de algunos poderes que transfiere a otros órganos. Sus 50 artículos, frente a los 384 de la Constitución de 1812, no contemplan ninguna regulación de derechos, sólo regulan las Cortes y sus relaciones con el Rey, pero no contiene ningún artículo específico sobre el rey, la regencia ni los ministros, apareciendo sólo referencias aisladas.
Se concede una amnistía general, que permite que regresen a España o salgan de la cárcel muchos detenidos por ideas políticas y los llamados "afrancesados". Se reabren las universidades y se trata de impulsar una nueva política más acorde con los tiempos, creándose el Ministerio de Fomento para impulsar una profunda reforma de las infraestructuras, que en los años de Fernando VII habían quedado totalmente obsoletas en comparación con Francia y sobre todo con Gran Bretaña, que estaban inmersas en plena revolución industrial.
Se diseña una nueva división de España en provincias, destinada a mejorar la administración, la cual se mantiene en la actualidad con algunos retoques, y se continúa con la desamortización de buena parte de las propiedades de la iglesia católica, permitiendo el acceso al mercado de bienes que hasta entonces eran improductivos.

El Crucero de Término de Fañanás en su situación inicial en la Plaza Mayor, construido en 1881 como monumento conmemorativo de su independencia municipal
1834: Fañanás alcanza la categoría de Ayuntamiento
A diferencia de otras poblaciones, Fañanás permaneció durante más de setecientos años bajo dominio señorial eclesiástico del obispado de Huesca, hasta que en 1834 alcanza su independencia municipal, pasando a contar con jurisdicción propia tanto en el ámbito civil como en el penal e incluso con cárcel.
1836: Restauración de la Constitución de 1812
Los enfrentamientos entre moderados y progresistas provocan continuas crisis de gobierno, y la reina disuelve las Cortes en busca de unas nuevas que legitimen y apoyen un texto más conservador distinto del Estatuto Real, pero su deseo es roto por el motín de la Guardia Real de la Granja de San Ildefonso (Segovia), que consigue que la reina restaure la Constitución de 1812, derogue el Estatuto Real y convoque Cortes constituyentes.
El nuevo presidente del gobierno aprovecha para acelerar el proceso desamortizador y la supresión de los diezmos a la iglesia católica. Se impulsa una política social que permite aprobar la primera ley de España que regula y reconoce la libertad de imprenta. Pero la labor más importante es adecuar la constitución de 1812 a la nueva realidad, mediante la aprobación de la constitución de 1837, a lo que la reina se ha comprometido por Real Decreto durante el motín de La Granja.
1837: La Constitución de 1837
Para adecuar la maltrecha Constitución de 1812, tantas veces restaurada como incumplida, y ante la general insatisfacción dejada por el Estatuto Real de 1834, la nueva Constitución de 1837 es elaborada sobre la base de un cierto consenso que procura superar las diferencias ideológicas existentes entre liberales y moderados, consenso que es especialmente difícil en lo que se refiere al concepto de soberanía nacional. El breve texto constitucional reconoce el poder legislativo a las Cortes, estableciendo un sistema bicameral formado por el Congreso de los Diputados y el Senado.
Al rey le corresponden la mayoría de las prerrogativas propias del jefe del estado y del poder ejecutivo, las cuales delega en la presidencia del Consejo de Ministros, aunque mantiene una buena capacidad de maniobra gracias a su facultad para disolver las cámaras.
El texto ampara la libertad de imprenta y la ausencia de confesionalidad católica del Estado, amplía el sufragio censitario, aunque sigue siendo extraordinariamente restringido, con tan sólo un 4% de la población con derecho a voto, y recoge un conjunto de derechos individuales, aún lejos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, pero con claros signos de apertura frente al Estatuto Real. A partir de la Constitución de 1837, los municipios van consolidando poco a poco su situación, estableciéndose que los ayuntamientos deben ser elegidos por el pueblo, aunque en la práctica sólo sirven como vínculo entre la vecindad y el poder central.

Constitución de 1845, Constitución de 1869 y Constitución de 1876
1845: La Constitución de 1845 - La Década Moderada
En Octubre de 1844, tras la victoria electoral de los moderados, comienza la denominada Década Moderada. Una de las tareas emprendidas por el nuevo Parlamento es la reforma de la constitución de 1837, aunque el texto que acaba siendo promulgado por la reina Isabel II en 1845 es el de una constitución radicalmente nueva, que vuelve a realzar la posición de la monarquía y consolida una burguesía moderada, poniendo freno a la anterior constitución que tenía un carácter mucho más progresista.
La nueva constitución rechaza el concepto de soberanía nacional, sustituyéndolo por el de soberanía conjunta del Rey y las Cortes, amplia los poderes del ejecutivo y disminuye las atribuciones de las Cortes, da exclusividad a la religión católica, con el compromiso de mantener el culto y el clero, ayuntamientos y diputaciones se someten a la administración central, suprime la milicia nacional, y restringe el derecho de voto, que es remitido a una nueva ley electoral posterior.
Se mantiene una gran parte del articulado de la constitución de 1837, sobre todo en cuanto a la declaración de derechos, pero se remite su regulación a leyes posteriores muy restrictivas con las libertades. Confiere enormes atribuciones a la Corona, como la facultad de nombrar ministros, disolver las Cortes y nombrar el Senado.
En 1851 se firma un concordato con la Santa Sede que establece la suspensión de la venta de bienes eclesiásticos desamortizados, el retorno de los no vendidos y la financiación pública del culto y el clero. A partir de este momento la postura oficial de la iglesia católica es la de respaldar el trono de Isabel II.
En esta etapa histórica, el verdadero poder de los municipios está en manos de los oligarcas locales, imponiéndose la costumbre de que “si el alcalde se resiste, quitarlo” y “si la corporación no aguanta, procesarla”. Las corporaciones municipales se eligen por sufragio censitario, pero sólo tienen derecho a voto los mayores contribuyentes de cada municipio, siendo los concejales electos los encargados de nombrar al alcalde.
1845: Ampliación del municipio de Fañanás
El municipio de Fañanás, que había alcanzado la categoría de Ayuntamiento en 1834, es ampliado este año con la anexión de la vecina localidad de Ola.
1847: Fañanás vista por Pascual Madoz
En su obra "Diccionario geográfico-estadístico-histórico", Pascual Madoz describe la localidad de Fañanás y sus alrededores, incidiendo en la gran abundancia de agua, árboles y cultivos, especialmente vino, trigo, cebada, carbón, maíz, alubias, patatas, lino y cáñamo:
". . . FAÑANAS: l. con ayunt. de la prov., adm. de rent., part. jud. y dióc. de Huesca, aud. terr. y c. g. de Zaragoza. Está SIT. en un llano, sobre una cantera de piedra arenisca, á la márg. der. del r. Guatizalema, en posición ventilada y batida por todos los vientos. Su CLIMA es sano, no obstante que se padecen calenturas intermitentes y remitentes, de un carácter benigno, ocasionadas acaso por los miasmas que exhalan algunos estercoleros que hay en la pobl. y sus inmediaciones. Forman cuerpo de población 52 CASAS, en lo general de 2 pisos y algunas de 3, y la mayor parte de mala construccion; las calles no guardan uniformidad y estan sin empedrar; hay una escuela de primeras letras a la que concurren 22 niños, y el maestro está dotado en 560 rs (reales). La igl. parr. (Ntra. Sra. del Pilar), está servida por un cura, cuya vacante se provee en concurso por el diocesano. Está medianamente surtida de las alhajas y ornamentos del culto, y su edificio es lo más notable que existe en el pueblo; la casa denominada del Lugar, es en la que el ayunt. celebra sus reuniones, sirviendo tambien de cárcel: el cementerio está situado a un extremo de la pobl. en parage bien ventilado. Confina el TERM. por N. con Sietamo y Belillas (1/2 hora); por S. Argavieso (1/4); E. con Torres de Montes (3/4), y O. con Alcalá del Obispo (medio cuarto): le baña el r. Guatizalema que marcha en dirección de N. á S., de curso perenne, y que lleva por lo regular como 2 muelas de agua, escepto en el verano que queda reducido á la mitad. Sobre él hay un puente de maderos, que da paso á los pueblos de la izq., Torres, Belillas y otros. Sus aguas dan impulso á las ruedas de un molino harinero. Tambien existe una fuente llamada de Cordoma, muy acreditada en el país por los buenos efectos de las aguas en las afecciones de estómago: en el mismo se encuentra una ermita (Ntra. Sra. de Bureta), notable por lo ventajoso de su posicion y por su escelente iglesia; corren algunas acequias, que proporcionan agua en abundancia para el uso de los vec., sirviendo al mismo tiempo para el riego: las balsas que hay en el monte se ulilizan para abrevadero de los ganados, y cuando en estas falta, se acude al r. Guatizalema. Hay sin cultivar 300 cahizadas, y otras 300 dedicadas al cultivo de primera, segunda y tercera calidad, en cantidad igual. El TERRENO, parte monte y parte huerta, se halla dividido por varias colinas; las mas notables son las llamadas el Anadon, la Solana, el Tozal de la Oliva y el Tozal Mayor, que todas estan en direccion de N. á S.; es en general bueno y bien cultivado en la huerta, y en el secano flojo, pedregoso y arenisco. Se encuentran bastantes árboles, como encinas, coscojos, álamos, olmos y sauces, y algunos, aunque pocos frutales, á escepcion de los almendros y nogales, diseminados en distintas porciones. PROD.: vino, trigo, cebada, carbon, maiz, alubias, patatas, lino y cáñamo, son las principales, y varias hortalizas y legumbres, el sobrante de vino y trigo se esporta para el bajo Aragon el primero, y para Cataluña el segundo. IND.: hay un telar de telas ordinarias para el uso de las gentes del pais, y un carretero y cubero; se cria ganado lanar, poco cabrio, vacuno, dedicado á la labranza, y algunas yeguas de cria; caza de conejos, liebres y perdices, y poca pesca en el espresado r. POBL.: 15 vec. de catastro, 250 alm. CONTR.: 4,182 rs. (reales) 27 mrs. (maravedís) . . .".
1857: La Virgen de Bureta aleja la plaga de langostas
Debido a la implacable insistencia de los vientos procedentes del continente africano, la agricultura española se enfrenta este año a una gran plaga de langostas, y los campesinos en su desesperación recurren a la ayuda divina, lo cual ha quedado reflejado en los relatos de muchas localidades, en los que se habla de la celebración de rogativas e incluso de milagros.
La plaga de langosta también afecta a Fañanás, como puede leerse en los Gozos a la Virgen de Bureta: ". . . llévanla en procesión, por los campos infestados. A respetable distancia donde la Virgen llegaba, la langosta ante ella huía, y de los campos marchaba . . .".
1869: La Constitución de 1869 - El Sexenio Democrático
El descontento hacia el régimen de Isabel II desemboca en el pronunciamiento del general Prim, que tiene lugar el mes de Septiembre de 1868 en Cádiz. Esta revolución de 1868, conocida como "la Gloriosa", supone el fin del reinado de Isabel II y su huida a Francia. Las nuevas Cortes Generales, sancionan en Junio de 1869 la nueva constitución, que plasma los puntos básicos de la revolución: soberanía nacional, sufragio universal masculino, división de poderes, concepción de la monarquía como poder constituido y declaración de derechos.
Es la primera constitución a la que puede llamarse así desde la Constitución de Cádiz de 1812. La coalición de liberales, moderados y republicanos se enfrenta a la tarea de encontrar un mejor gobierno. Los republicanos se sienten inclinados a aceptar un monarca siempre que sea una persona capaz y acate la constitución. Finalmente se opta por un rey de origen italiano, Amadeo de Saboya, que reinará hasta 1873.
La nueva constitución, claramente liberal-democrática, perfila un amplio régimen de libertades, en comparación con otras europeas de la misma época. La soberanía es nacional, y la monarquía se mantiene como forma de gobierno, correspondiendo al rey el poder ejecutivo y la facultad de disolver las Cortes, pero quedando explícito que ejerce su poder por medio de sus ministros, y que las leyes son elaboradas por las Cortes, que son el poder legislativo, correspondiendo al rey sólo el sancionar o promulgar las leyes. No sólo se proclama, como en otras constituciones, la independencia del poder judicial, sino que se ponen los medios para conseguirla, creando un sistema de oposiciones a juez, y una acción pública contra los jueces que cometen faltas.
Se reconoce la libertad de imprenta, el derecho de reunión y asociación, y el sufragio universal masculino. Se aprueba la reforma de la enseñanza, la democratización de ayuntamientos, la libertad de residencia, enseñanza, o culto, y la inviolabilidad del correo. Se continúa con la religión católica como religión oficial del Estado, aunque el texto garantiza en su artículo 21 el ejercicio de cualquier otra, tanto en público como en privado. Las elecciones, celebradas por primera vez en España por sufragio universal masculino, dan la victoria a la coalición gubernamental, creándose dos importantes minorías en las Cortes: la carlista y la republicana.
1873: Proclamación de la 1ª República Española
El 11 de Febrero, las Cortes Generales proclaman la Primera República Española, que durará apenas once meses, durante los cuales llegan a sucederse cuatro presidentes.
La debilidad con la que nace la república acabará provocando la posterior restauración borbónica, debilidad que tiene su origen en tres factores principales: la falta de una base social suficientemente amplia, pues el pesimismo se había apoderado de campesinos y trabajadores; una bien organizada oposición de conservadores o monárquicos y varios levantamientos carlistas; y la inexistencia de una burguesía que sustente el orden social.
El 3 de Enero de 1874, cuando Castelar va a proceder a la elección de un nuevo presidente tras haber perdido una moción de confianza, el general Manuel Pavía hace llegar una nota al presidente de las Cortes ordenándole que "desaloje el local". Los diputados no obedecen la orden y permanecen en sus asientos, pero una dotación de la Guardia Civil se presenta en el hemiciclo y los desaloja. El pronunciamiento militar disuelve las Cortes, dando fin al régimen parlamentario republicano.

Caricatura de la revista satírica "La Flaca" del 28 de Marzo de 1873 - Las repúblicas del mundo, Francia, Estados Unidos o Suiza entre otras, dan honores a la Primera República Española, mientras es rechazada por las Monarquías y los Imperios
1876: Segunda restauración borbónica - La Constitución de 1876
En Diciembre de 1874, el general Martínez Campos proclama rey de España a Alfonso XII de Borbón, hijo de la exiliada Isabel II. El gobierno de la nación, que en esos momentos está en manos del general Francisco Serrano, acepta al nuevo rey.
Se abre así la etapa de la segunda restauración borbónica, un período de cierta estabilidad institucional en el que se crea un modelo liberal de Estado que deberá enfrentarse al reto de incorporar a las nuevas clases sociales y a los distintos movimientos sociales y políticos surgidos a raíz de la revolución industrial.
La nueva constitución devuelve la soberanía nacional al Rey y a las Cortes, reconoce implícitamente la división de poderes y opta por la tolerancia religiosa, aunque el matrimonio civil que ya existía en la Primera República queda prohibido debido a la oposición de la Iglesia.
Se establece una profunda centralización administrativa y legal que no tarda en provocar fuertes reacciones, las cuales dan origen a la fundación del Partido Nacionalista Vasco, la Liga de Cataluña y la Unión Catalanista.
Los movimientos de la clase trabajadora se agrupan en torno a tres organizaciones: el PSOE, fundado en 1879, que propugna la lucha pacífica y la participación electoral; la UGT, que será fundada en 1888; y la Federación de Trabajadores de la Región Española, organización de carácter anarquista fundada en Barcelona en 1881 que pasará a integrarse en 1910 en la recién fundada Confederación Nacional del Trabajo.
Estas organizaciones obreras son continuamente vigiladas y fuertemente reprimidas por la monarquía, que persigue con especial virulencia los movimientos anarquistas catalanes.
1880: Fañanás intenta sin éxito recuperar la fiesta patronal de Agosto en honor a San Juan Bautista
El 22 de Agosto de este año, una nota de la Corporación de Fañanás rechaza la petición presentada por el alcalde y la vecindad para trasladar las fiestas patronales a Agosto:
". . . La fiesta que celebra este pueblo el día 12 de Octubre, y dice el Alcalde que sea trasladada al 23 de Agosto, no hay traslación ninguna para 66 vecinos, la cual se celebrará en dicho día 12 la fiesta como siempre, lo que ponen en conocimiento del público para los que quieran disfrutar de ella. Fañanás 22 de Agosto de 1880. A nombre de la Corporación, Antonio Bara y Naya - Lorenzo Ferrer . . .".
El motivo de esta curiosa petición puede estar relacionado con que durante el siglo XVIII algunas localidades seguían celebrando ancestrales tradiciones precristianas, en el caso de Fañanás probablemente durante las fiestas patronales de Agosto en honor a San Juan Bautista, tradiciones paganas que intentaban suprimirse por no ser del agrado de la Iglesia y que son citadas por el Padre Roque Alberto Faci en sus escritos de 1739: ". . . concurren todos los lugares vecinos a venerar a Nuestra Señora y no a diversiones indignas, que se procuran impedir con devotos exercicios . . .".
En Fañanás no sólo se procuraron impedir las citadas diversiones, sino que años después, ya en documentos del siglo XIX, la iglesia parroquial aparece bajo una nueva advocación, la de Ntra. Sra. del Pilar, con fiestas patronales el 12 de Octubre, como aparece indicado en los trabajos de Pascual Madoz y José A. Ferrer Benimeli o en los legajos que de la Iglesia Parroquial de Ntra. Sra. del Pilar de Fañanás (1800-1870) se conservan en la sección de clero del Archivo Histórico Nacional de Madrid.
A pesar de este intento frustrado, años después acaba consiguiéndose el deseo del pueblo de recuperar tanto la advocación original de la parroquial como las fiestas patronales en honor a San Juan Bautista, aunque no sin la insistencia vecinal, pues entre las personas vinculadas a Fañanás aún hay testigos que recuerdan haber oído hablar a sus antepasados sobre la celebración de dos fiestas patronales, una en Agosto y otra en Octubre.
1880: Restauración del Puente Viejo
Este año se reconstruye el Puente Viejo, que al parecer hacía tiempo que estaba seriamente dañado por las riadas, pues su función la estuvo cumpliendo durante años un puente de maderos ya desaparecido que existió a escasos metros, aguas abajo, antes de que el camino gire para dirigirse al Puente Viejo. El año de la reconstrucción aparece grabado sobre una de las piedras del pretil del lado Sureste.
1881: Construcción del Crucero de Término
Fañanás levanta un crucero de término en el centro de la Plaza Mayor como símbolo de su independencia municipal y recordatorio de sus poderes jurisdiccionales civiles y penales, el cual será trasladado muchos años después, ya en pleno siglo veinte, a un primer emplazamiento temporal en el Camino de Bureta y más tarde a su ubicación actual junto a la ermita.
1884: Irregularidades electorales en Fañanás
En las secciones de Fañanás, Lierta, Loarre y Lupiñén, no se permite emitir su voto a algunos electores conocidamente afectos a la candidatura republicana de Emilio Castelar, lo cual es fundamentado en el único pretexto de que los nombres que aparecen en la lista impresa tienen leves erratas de imprenta, mientras que son admitidos votos a la candidatura del Conde de Parcent emitidos por electores cuyos nombres son diferentes o ni siquiera aparecen en la lista.
Los presidentes de dichas mesas, y especialmente los de Fañanás y Lupiñén, no hacen caso alguno de la copia certificada del censo que la Comisión Inspectora les envía, desatendiendo todas las reclamaciones hechas para que los errores que aparecen en la lista impresa sean comparados con los de dicha copia certificada, lo cual deja en pública evidencia el modo ilegal y arbitrario con que en dichas secciones se restan votos a la candidatura de Castelar, del Partido Republicano Posibilista.
1885: La epidemia de cólera pasa de largo
El recuerdo todavía reciente de la epidemia de cólera sufrida por España en 1865, en la que Zaragoza y Teruel fueron de las provincias españolas con mayor mortandad (18.045 y 10.275 fallecidos respectivamente), mantiene a la población aragonesa muy preocupada y en constante alerta ante el nuevo brote epidémico que recorre la península durante este año, en el que Zaragoza acabará siendo la provincia más castigada de España (13.526 fallecidos), seguida de Valencia y de Teruel (6.960 fallecidos).
Aunque en la provincia de Huesca causa 1.232 muertes, la epidemia no alcanza a la vecindad de Fañanás, pues a pesar de que en la edición de "El Diario de Huesca - Periódico de la tarde" del 19 de Agosto se informa de un caso sospechoso en la localidad, el mismo medio lo desmiente el 25 de Agosto: ". . . Se ha desmentido en absoluto el haber ocurrido en el vecino pueblo de Fañanás algún caso de enfermedad sospechosa, pues se disfruta en dicho vecindario del beneficio de la salud tan cumplida y satisfactoriamente como pueda apetecerse . . .".
1888: Pérdida casi completa de todas las cosechas tras la gran granizada del siglo
El 19 de Junio tiene lugar el mayor desastre del siglo para la agricultura altoaragonesa, pues no se tiene constancia de ningún hecho anterior similar a este que haya provocado pérdidas tan elevadas.
Entre las cinco y las seis de la tarde comienza a formarse una tronada por el Oeste, con numerosas ramificaciones que al unirse provocan un fuerte aguacero acompañado de violentos fenómenos eléctricos. Poco después, las nubes toman dirección Norte, descargando levemente en las sierras de Gratal y Guara y cebándose en el Somontano, donde se forma una apocalíptica tormenta de agua y granizo con una duración como hacía mucho tiempo que nadie recordaba.
Una gran parte del término de Sasa del Abadiado queda arrasado, se pierden casi en su totalidad las cosechas de Quicena, Angüés, Argavieso, Fañanás, Ayera y otros pueblos, y se sufren graves daños en Tierz, Loporzano, Castilsabás, Casbas, Lascellas, Adahuesca y otros lugares cercanos. Con los cereales a punto de segarse, las viñas cuajadas de brotes, y los olivos repletos de excelentes frutos, los agricultores ven malogrado en unas horas todo el fruto de sus sudores, pues el pedrisco no podía haber caído en un peor momento.
1889: Pérdida total de la cosecha de vino
A las nueve de la mañana del 1 de Agosto se reúnen más de 100 personas en las inmediaciones de la casa llamada Torre de Sanz, en el término de Angüés, las cuales han acudido en representación de los 32 distritos municipales afectados por la pérdida total de la cosecha de vino.
El objeto de dicha reunión es pedir respetuosamente al gobierno el perdón de las contribuciones directas e indirectas por las que tributan las viñas y una moratoria para las demás fincas, así como nombrar una junta directiva compuesta de once representantes bajo la denominación de "Asociación de agricultores del Alto Aragón", la cual realizará las gestiones oportunas en nombre de todos los distritos asociados. Antonio Almudévar está presente en el acto en nombre de Fañanás.
1890: Fallece Pascual Gracia, párroco de Fañanás
La prensa oscense se hace eco de la triste pérdida del párroco de Fañanás, que durante tantos años había regido la iglesia parroquial de la localidad. En palabras de quienes le conocieron, Pascual Gracia era un sacerdote modesto y bueno entre los buenos, que cumplió siempre con sus obligaciones sin crear jamás ningún rozamiento que turbase la tranquilidad del vecindario, y en cuyos actos siempre campeaba la sencillez del que sólo tiene la legítima aspiración de cumplir con sus deberes, lo cual le hizo merecedor de muchas y grandes simpatías.
1891: El nuevo cura de Fañanás amenaza con privar de sepultura cristiana a quienes voten a los liberales
El X Duque de Solferino es el principal candidato carlista de Huesca en este momento y goza de la simpatía del clero en general y de protección ministerial, hasta el punto de que el propio gobernador recomienda a los alcaldes que le voten.
La plena vigencia del artículo 91 de la ley, que pena ". . . a las autoridades militares o eclesiásticas que prevengan o recomienden a los electores, que den o nieguen su voto a persona determinada . . .", no es impedimento para que el nuevo cura de Fañanás protagonice un escándalo inaudito que dará mucho que hablar en la prensa y en las tertulias oscenses. El joven y fogoso cura de Fañanás, recién llegado a la parroquia tras la muerte de Pascual Gracia y claro simpatizante de la causa carlista, llega a amenazar con privar de sepultura eclesiástica a quienes voten la candidatura liberal.
Pero no es éste el único caso de ingerencia ilegal de las autoridades eclesiásticas en lo político, pues en la prensa también se habla del cura de Nueno, que promete al general carlista Cavero todos los votos de los electores de aquel pueblo; del párroco de un pueblo próximo a Huesca, del que no se cita el nombre, que promete trabajo a cambio de votos con el dinero entregado por el obispo para la reparación de la iglesia; y algunos otros curas que ofrecen dinero a cambio de votos.
1893: Fañanás dona un fusil Maüsser a las tropas españolas
El gobernador civil de la provincia de Huesca, Félix Martín Berganza, inicia una subscripción pública para cubrir las necesidades de las tropas españolas enviadas a África con el fin de sofocar la rebelión de las tribus que rodean Melilla. Será en este conflicto, conocido como la Guerra de Margallo o Primera Guerra del Rif, donde Miguel Primo de Rivera logrará una serie de rápidos ascensos hasta el grado de capitán y obtendrá la Cruz Laureada de Primera Clase de San Fernando, iniciando una vertiginosa trayectoria militar que años después le llevará a gobernar España durante el período histórico conocido como la Dictadura de Miguel Primo de Rivera (1923-1930).
La relación de los donativos recogidos para las tropas españolas se hace pública en el boletín oficial de la provincia, y en la circular que precede a la apertura de la subscripción pública se hace una mención especial y honorífica a la patriótica iniciativa del Ayuntamiento de Fañanás, que ha ofrecido una espontánea donación de 100 pesetas destinada a la compra de un fusil Maüsser, cantidad que el diputado provincial Sr. del Cacho entrega al gobernador civil cumpliendo el encargo que le ha confiado el municipio. Además de la subscripción pública, todos los funcionarios del Gobierno Civil y de la Delegación de Hacienda contribuyen a la causa con el importe de un día de haber de sus respectivos sueldos.
1895: Jubilación del maestro de Fañanás
Durante este año solicitan sus respectivas jubilaciones el maestro de la escuela de niños de Angüés, Lorenzo Mur, debido a su imposibilidad física para poder continuar ejerciendo el cargo, así como el maestro de Fañanás, José Lanau, que ha cumplido ya los sesenta años de edad y cuya sustitución cuatro años después será noticia debido a la detección de ciertas irregularidades.
1898: El X Duque de Solferino propietario del Molino de Fañanás
En esta época el Molino de Fañanás es propiedad del X Duque de Solferino, tal y como consta en el "[ Documento de Constitución ] de la Comunidad de Regantes de las aguas del río Guatizalema de los pueblos de Fañanás, Alcalá del Obispo, Argavieso y Excmo. Sr. Duque de Solferino", aprobado en sesiones celebradas los días 6 de Noviembre de 1898, y 8 y 30 de Abril de 1900:
". . . y para el aprovechamiento de su fuerza motriz un molino harinero perteneciente al Excmo. Sr. Duque de Solferino, situado entre los pueblos de Alcalá y Fañanás, el cual podrá utilizar dicha fuerza sin otra limitación en cuanto al tiempo que las necesarias para el riego de las fincas pertenecientes al pueblo de Fañanás, situadas aguas arriba del punto en que se halla emplazado el molino de referencia . . ." ". . . Cuando para la fabricación de harinas en el molino del Duque de Solferino fuese precisa la retención del agua por balsadas, tendrá la obligación el molinero de soltar las que se hallen detenidas media hora antes de la salida del sol, de los días martes y sábado, con objeto de no perjudicar a los pueblos de Alcalá y Argavieso . . ."
1899: Irregularidades en el nombramiento del nuevo maestro de Fañanás
El 31 de Enero, la Junta Provincial de Instrucción Pública emite una circular en la que se declara vacante la sustitución temporal del maestro de la escuela de niños de Fañanás, que está dotada con un sueldo de 825 pesetas además de otros ingresos legales. Con fecha 16 de Marzo, el rector de la Universidad de Zaragoza nombra maestro sustituto de la escuela de Fañanás a Miguel Samper.
En el "Diario de Avisos de Zaragoza - Periódico Independiente" publicado dos días después del nombramiento, aparece un artículo en el que se denuncia que ". . . Este nombramiento ha causado general extrañeza, porque en la propuesta que se hizo al Rectorado figuraban tres nombres, el primero de los cuales renunció a dicha escuela, siendo nombrado el tercero con grave perjuicio del segundo, D. José Bordás, que cuenta mayores servicios y es un profesor de ilustración reconocida y de conducta intachable. Este hecho sienta un mal precedente, que lamentan todos los profesores, ya que nada significa el lugar que ocupan en las propuestas ganado con mayor número de servicios en la noble carrera del magisterio . . .".
El "Diario de Huesca - Periódico Liberal de Noticias e Intereses Materiales" también dedica unas indignadas líneas a dicho nombramiento, haciendo especial hincapié en la honradez del candidato desestimado por el rector: ". . . Y puede añadirse respecto a las circunstancias del solicitante Sr. Bordas, que del ejercicio de su modesta profesión depende la subsistencia de una numerosa, pobre y honradísima familia . . .".

Pintura "Manifestación por la República", realizada en 1904 por el pintor catalán Antoni Estruch i Bros
1904: Anteplan para la posible construcción de una línea de ferrocarril con estación en Siétamo
El 27 de Agosto, la Jefatura de Obras Públicas de Huesca somete a información pública un Anteplan de Ferrocarriles Secundarios para la provincia, en el cual se estudia el posible trazado de algunas líneas férreas, entre las cuales aparece la "De Huesca a Campo, por Barbastro y Congosto de Olivena", que podría contar con estaciones en Huesca, Siétamo, Angüés, Lascellas, Peraltilla, Barbastro, Cregenzán, Estada, Olvena, Barasona, Graus, Perarrúa, Santaliestra, Morillo de Liena y Campo.
Según el anteproyecto, la estación de Siétamo podría dar cobertura a las poblaciones cercanas de Bandaliés, Sipán, Loscertales, Coscullano, Ibieca, Arbaniés, Castejón de Arbaniés, Pueyo de Fañanás, Alcalá del Obispo, Fañanás, Argavieso, Novales, Ola y Siétamo, lo cual dotaría de comunicación férrea a un total de 3.951 habitantes.
1915: Subasta para la construcción de la carretera de Fañanás
Gracias a las gestiones realizadas por Juan de Alvarado, diputado a Cortes por el Partido Republicano Posibilista, el 25 de Abril tiene lugar la subasta pública para la construcción del primer tramo de la carretera que unirá la de Huesca-Novales con la de Selgua-Las Carboneras, pasando por Fañanás y Pueyo de Fañanás, y que incluye el tan deseado puente sobre el Guatizalema, un puente que permitirá evitar los riesgos que corren a diario quienes deben vadearlo.
La noticia es recibida con una alegría sin precedentes por todos los pueblos de la zona, organizándose espontáneas fiestas populares para celebrar la construcción de "nuestra carretera", reuniones vecinales en las plazas públicas, volteos de campanas, disparo de cohetes y petardos, e incluso globos de papel comprados en Huesca que se elevan en el cielo entre los gritos de alegría de toda la vecindad.
1915: Primera misa del misacantero Lorenzo Urraca Escar en su pueblo natal
Lorenzo Urraca Escar, nacido en Fañanás, celebra el 11 de Junio su primera misa en la iglesia parroquial de su pueblo natal, ayudado por José María Tardos como subdiácono y Jesús Martínez como diácono, ambos íntimos amigos suyos. Como director espiritual actúa Antonio Arnal, párroco de Fañanás, y como maestro de ceremonias el párroco de Pueyo de Fañanás. La oración sagrada corre a cargo del párroco de Antillón, Juan Antonio Escar. Tras el acto tiene lugar un concurrido banquete al que asisten unos cien comensales.
1923: Dictadura de Miguel Primo de Rivera
Miguel Primo de Rivera, nombrado capitán general de Cataluña un año antes, se subleva el 13 de Septiembre contra el gobierno y da un golpe de estado que cuenta con el apoyo del rey Alfonso XIII y de buena parte de la patronal, la Iglesia Católica, el ejército y las fuerzas conservadoras. Su principal detonante es la derrota sufrida por las tropas españolas en África durante el llamado Desastre de Annual de 1921 y la reunión que pocos días después tenían previsto celebrar las Cortes Generales para analizar el problema de Marruecos y el papel que el ejército debía tener en la contienda. Otros importantes factores detonantes son la grave crisis del sistema monárquico, que no acaba de encajar en un siglo XX marcado por la imparable revolución industrial, el papel insuficientemente reconocido de la burguesía, las tensiones nacionalistas, y unos partidos políticos tradicionales incapaces de afrontar un régimen plenamente democrático.
Se disuelve el Gobierno y el Parlamento, implantando un régimen dictatorial bajo un Directorio Militar que suspende la constitución de 1876 y prohíbe la libertad de prensa. La promesa de que la dictadura será un estado transitorio antes de traspasar el poder a un gobierno civil democráticamente elegido, consigue que la oposición a la dictadura sea mínima, lo que hace que incluso los socialistas sean poco beligerantes y participen en los tribunales de arbitraje laboral y en el Consejo de Estado.
Durante el Directorio Militar (1923-1925) se persigue a los anarquistas, cuyo sindicato CNT es declarado ilegal, así como a los comunistas, que se habían escindido del PSOE y adherido a la III Internacional. Se suprime la Mancomunidad de Cataluña (primer órgano administrativo que abarca a toda Cataluña desde el siglo XVIII), se eliminan todos los partidos políticos, creándose en 1924 la Unión Patriótica como único partido legal, se refuerza el proteccionismo estatal en favor de la industria nacional, se fomenta la construcción de grandes obras públicas y se prohíbe el uso de lenguas regionales en actos públicos.
De 1925 a 1930, la dictadura da paso a un Directorio Civil que en 1927 nombra una Asamblea Nacional, la cual elaborará en 1929 un anteproyecto de Constitución, aunque esta etapa sólo servirá para confirmar la compleja lucha de intereses que existe entre los distintos partidarios de la dictadura: católicos conservadores de viejo cuño, corporativistas autoritarios atraídos por el fascismo, militares codiciosos, y oportunistas de todo tipo.
1925: Teatro juvenil en Fañanás durante la festividad de San José
Dentro de los actos organizados para la festividad de San José, tiene lugar una función teatral de la juventud de Fañanás, que el corresponsal del "Diario de Huesca - Periódico Liberal" describe así: ". . . Por la tarde, a las cuatro en punto, dió principio una función teatral a cargo de las simpatiquísimas jóvenes de la localidad María Cruz Bara, Luisa Trisán, Josefa Bescós, María Ballabriga, Encarnación Vallés, Asunción Guillén, Benita Lardiés, Ramona Arazo, Esperanza Zabán y Juana Gracia y de los queridos pollos Ramón Escartín, Domingo Bescós, Hilario Sesé, Ramón Trisán, Antonio Arazo, Benito Zabán y otros. Para que pueda darse idea de lo bien que trabajaron los noveles artistas en su difícil programa, diré que ni una sola equivocación en los papeles a desempeñar. Muy bien "Cuestiones de viejas", "La cocinera", "Copla de picadillo", "Alcaldía rural", y "La Ronda" por lo bien representadas y al felicitaros y rogar que pronto se repita acontecimiento tan moral e instructivo, envío un aplauso a los iniciadores y al cantor de "La Ronda", mi querido amigo don Santos Trisán, por lo bien que supo cantar las coplas y muy bien por la juventud de Fañanás . . .".
1926: Reparaciones en la iglesia parroquial
El "Diario de Huesca - Periódico Liberal" del 21 de Julio informa sobre las reparaciones que se están llevando a cabo en la iglesia parroquial de Fañanás: ". . . Desde el mes de Marzo último se vienen realizando importantes reparaciones en la iglesia parroquial, por el inteligente maestro de obras de esta ciudad Don Bernardino Oliván. Las mejoras llevadas a cabo, bajo la dirección de su hijo Félix, son muchas, y pronto se terminarán con la satisfacción que requiere la obra . . .".
1930: Exilio de Miguel Primo de Rivera
La crisis económica de 1927 se ve agravada por el estallido de la gran crisis financiera y bursátil de la Bolsa de Nueva York, ocurrida el 24 de Octubre de 1929, el llamado Jueves Negro que afecta a todos los países del mundo y especialmente a los que se encuentran adheridos al sistema económico liberal. La crisis económica provocada por el "crack del 29" afecta muy negativamente a España, que ve cómo la libra esterlina llega casi a triplicar su valor frente a la peseta, perdiéndose toda la mejora económica conseguida durante los años veinte.
Las divisiones internas entre los mismos primorriveristas y las enrarecidas relaciones entre el rey y el dictador, impiden a la dictadura afrontar el fuerte auge de la oposición, cada vez más unida y movilizada ante el temor de que la dictadura pueda perpetuarse. Socialistas, republicanos e intelectuales de izquierdas se unen en una campaña contra la dictadura que amenaza con arrastrar también a la monarquía que la tolera; estudiantes y obreros se manifiestan en contra del régimen; y los propios militares conspiran contra Primo de Rivera, como en la fallida conspiración de 1926 conocida como la Sanjuanada.
La violenta represión de obreros e intelectuales y la falta de sintonía entre la burguesía y la dictadura, hace que los gobiernos de Dámaso Berenguer (la llamada dictablanda) y de Juan Bautista Aznar-Cabañas sólo sirvan para alargar la agonía. Finalmente, desautorizado tanto por el rey como por los altos mandos militares, Primo de Rivera presenta su dimisión el 28 de Enero de 1930, exiliándose en París no sin antes recomendar a Alfonso XIII algunos nombres de militares que podrían sucederle, entre ellos el del general Dámaso Berenguer, que asumió la presidencia interinamente durante la llamada "dictablanda".
La monarquía, como cómplice de la situación, es puesta en cuestión a partir de la unión de toda la oposición, cuando socialistas, anarquistas y catalanistas de izquierda firman en Agosto de 1930 el llamado Pacto de San Sebastián, reunión promovida por la Alianza Republicana en la que se acuerda la estrategia para poner fin a la monarquía y cuyos partícipes formarán más tarde el gobierno provisional de la Segunda República Española.
Foto de encabezado: Fragmento de la pintura "La promulgación de la Constitución de 1812", realizada en 1912 por el pintor gaditano Salvador Viniegra